Análisis jurídico · JAYM Legal
Desde el 3 de agosto de 2026 rige en República Dominicana un nuevo Código Penal, con penas de hasta 40 años y delitos como feminicidio y ciberacoso. Te explicamos qué cambia, qué viene para las empresas el 5 de noviembre y qué otras reformas se debaten.
Después de más de 140 años, República Dominicana ya no se rige por el Código Penal de 1884. Desde el 3 de agosto de 2026 está en aplicación un nuevo Código Penal (Ley 74-25), y en los meses siguientes el país ha vivido una cadena de novedades jurídicas que afectan a personas, empresas e inversionistas: reformas puntuales al propio código, recursos ante el Tribunal Constitucional, una nueva ley de medidas económicas y una reforma pendiente sobre el Ministerio Público.
En este artículo resumimos lo más reciente y de mayor impacto, con un lenguaje claro y con las fuentes a las que puedes acudir para verificarlo.
1. Un nuevo Código Penal reemplaza al de 1884
La Ley 74-25, promulgada el 3 de agosto de 2025, comenzó a aplicarse el 3 de agosto de 2026. Sustituye un código que llevaba más de 140 años en vigor y tardó cerca de tres décadas de debate legislativo en aprobarse.
Entre sus cambios más visibles están las penas: las condenas por crímenes de alto impacto pueden llegar a 40 años de prisión y, por acumulación de penas, hasta 60 años. El código también incorpora figuras que antes no existían como delitos autónomos, entre ellas el feminicidio, el sicariato, el ciberacoso y el hostigamiento digital, la estafa piramidal, el autosecuestro, la tortura y el reclutamiento de menores para actividades delictivas. Como regla general, los hechos ocurridos antes del 3 de agosto de 2026 se siguen juzgando con la ley anterior, salvo cuando la nueva norma favorezca a la persona imputada.
2. Ley 44-26: ajustes al código y un plazo clave para las empresas
El 27 de julio de 2026 se promulgó la Ley 44-26, que modifica 27 artículos del Código Penal. Toca temas como delitos sexuales y su prescripción, violencia doméstica, hostigamiento, difusión ilícita de contenido íntimo, fraude inmobiliario y malversación de fondos públicos.
Para el sector empresarial, lo más relevante es la responsabilidad penal de las personas jurídicas: su aplicación quedó diferida hasta el 5 de noviembre de 2026. Las organizaciones deberán contar con programas de cumplimiento que incluyan códigos de conducta, identificación y control de riesgos penales, canales de denuncia anónimos y revisiones periódicas. Se ha informado de un proyecto que buscaría ampliar ese plazo a dos años; mientras no sea aprobado, la fecha de referencia es el 5 de noviembre.
3. El Tribunal Constitucional tiene la última palabra
El nuevo código está siendo cuestionado. El Tribunal Constitucional tiene pendientes nueve acciones de inconstitucionalidad contra el Código Penal y, en la audiencia de finales de agosto, cinco de ellas quedaron en estado de fallo. Se impugnan, entre otros, el artículo 173 (discriminación y orientación sexual), los artículos 9 y 12 (ejercicio de la medicina, a solicitud del Colegio Médico Dominicano) y varios artículos sobre honor y libertad de expresión (192, 208 al 211, 310, 311 y 379). Mientras el Tribunal no decida, la norma impugnada sigue vigente: presentar un recurso no suspende su aplicación.
4. Ley 30-26: medidas económicas con efectos tributarios
Promulgada el 18 de junio de 2026, la Ley 30-26 establece medidas pro crecimiento económico. El Ministerio de Hacienda aclaró que no grava las suscripciones de los ciudadanos a plataformas digitales, y que la retención del Impuesto sobre la Renta baja de 27 % a 15 % cuando una empresa dominicana paga al exterior por licencias de software, regalías, publicidad digital o almacenamiento en la nube. Según un análisis del Centro de Estudios Financieros, la ley también eleva la exención del ISR para personas físicas con ingresos de hasta RD$39,900 mensuales e incorpora conceptos como criptoactivos y bienes digitales en el marco tributario.
5. Reforma al Ministerio Público en el Senado
El 1 de octubre de 2026 el Senado aprobó en primera lectura un proyecto que modifica la Ley 133-11, Orgánica del Ministerio Público. Limita a 14 los procuradores adjuntos del procurador general: siete designados por el Consejo Nacional de la Magistratura a propuesta del Poder Ejecutivo y siete escogidos por el propio procurador. Falta la segunda lectura y el trámite posterior, por lo que todavía no es ley.
Qué significa para ti
Si eres ciudadano, ahora hay conductas que antes no tenían nombre propio en la ley, como el ciberacoso o la difusión de contenido íntimo sin consentimiento, y las penas son más severas. Conviene conocer los nuevos tipos penales antes de publicar, denunciar o firmar cualquier documento.
Si diriges una empresa, el 5 de noviembre de 2026 es la fecha a la que debes llegar con un programa de cumplimiento penal: políticas internas, mapa de riesgos, canal de denuncias y capacitación. Si contratas servicios tecnológicos en el exterior, revisa con tu contador el efecto de la nueva retención del 15 %.
Si estás inmerso en un proceso penal, pregunta a tu abogado qué ley se aplica a tu caso, porque la fecha de los hechos define si rige el código anterior o el nuevo. Y si tu caso toca alguno de los artículos impugnados, vale la pena seguir de cerca lo que decida el Tribunal Constitucional.
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Fuentes consultadas
Fuentes consultadas (octubre de 2026):
- Diario Libre: El nuevo Código Penal se comienza a aplicar desde hoy
- Diario Libre: Nuevo Código Penal, las 43 modificaciones
- Infobae: El sistema judicial dominicano estrena el nuevo Código Penal
- PHLaw: Modificaciones al nuevo Código Penal, Ley 44-26
- Listín Diario: TC tiene pendiente decisión sobre nueve acciones de inconstitucionalidad
- Diario Libre: Las reformas al Código Penal no apagan los reclamos ante el TC
- Presidencia: Abinader promulga la Ley 30-26
- Ministerio de Hacienda y Economía: aclaración sobre la Ley 30-26
- CEF: Ley 30-2026 y reforma tributaria
- Infobae: El Senado aprueba una reforma sobre el procurador general
Aviso legal: este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. La situación jurídica de cada caso es distinta; consulta con un abogado antes de tomar decisiones.
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